El 30 de octubre de 2026 vence en Bolivia el plazo para homologar los productos del sistema de facturación con las actividades económicas del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Lo fija el Artículo Único de la RND N.º 102600000028, de 29 de julio de 2026, que prorroga la Disposición Transitoria Única de la RND N.º 102500000018, de 22 de abril de 2025 —el Clasificador de Actividades Económicas del RNC del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)—. La obligación alcanza a todos los Sujetos Pasivos del Impuesto al Valor Agregado, sin escalonamiento por grupos y sin distinción de modalidad de facturación.
Para una cadena funeraria, un parque cementerio o una compañía de previsión que opera en Bolivia, la tentación es leer esto como un trámite del área contable: alguien entra al sistema, marca unas casillas y listo. No lo es. Homologar significa recorrer cada ítem del catálogo —el servicio exequial, el ataúd, la cremación, el traslado, el arriendo de la sala de velación, el nicho, la cuota del plan de previsión, las flores, la cafetería— y decidir, uno por uno, contra qué actividad económica registrada en el RNC queda asociado. Es un proyecto de datos maestros, del tipo que nadie empieza a tiempo porque no duele hasta el día en que duele mucho.
Qué exige exactamente la norma en Bolivia
El origen está en la RND N.º 102500000018, de 22 de abril de 2025, que aprobó el Clasificador de Actividades Económicas del Registro Nacional de Contribuyentes. Su Disposición Transitoria Única es la que crea la obligación, y conviene leerla con el texto delante porque cada pieza importa:
«Los Sujetos Pasivos del Impuesto al Valor Agregado deberán actualizar hasta el 31 de octubre de 2025 la homologación de productos en sus sistemas de facturación con las actividades económicas del Registro Nacional de Contribuyentes, a efecto de la autorización para generación de Documentos Fiscales de conformidad al Inciso a) del Artículo 11 de la RND N.º 102100000011, de 11 de agosto de 2021.»— RND N.º 102500000018, Disposición Transitoria Única (plazo original, hoy prorrogado)
Tres cosas quedan fijadas ahí. Primero, a quién obliga: a los Sujetos Pasivos del IVA, es decir, a toda la operación formal, sin categorías intermedias. Segundo, qué hay que actualizar: la homologación de productos en el sistema de facturación, no una declaración aparte. Y tercero, para qué: a efecto de la autorización para generación de Documentos Fiscales. Esa última frase es la que le da dientes a la norma, y la desarrollamos más abajo.
Cuatro prórrogas seguidas, y por qué eso debería preocuparte
El plazo original era el 31 de octubre de 2025. Desde entonces el SIN lo ha movido cuatro veces. Esta es la cadena completa, verificada resolución por resolución en el listado oficial de RND del Servicio de Impuestos Nacionales:
| Resolución | Fecha | Qué hizo | Plazo que dejó |
|---|---|---|---|
| RND N.º 102500000018 | 22 de abril de 2025 | Aprueba el Clasificador de Actividades Económicas del RNC y crea la obligación de homologar | 31 de octubre de 2025 |
| RND N.º 102500000042 | 22 de octubre de 2025 | Prórroga de la Disposición Transitoria Única | 27 de febrero de 2026 |
| RND N.º 102600000004 | 23 de febrero de 2026 | Prórroga de la Disposición Transitoria Única | 29 de mayo de 2026 |
| RND N.º 102600000017 | 27 de mayo de 2026 | Prórroga (su título habla genéricamente de «obligaciones tributarias»; el Artículo 1 es la homologación) | 31 de julio de 2026 |
| RND N.º 102600000028 | 29 de julio de 2026 | Prórroga vigente de la Disposición Transitoria Única | 30 de octubre de 2026 |
La propia resolución explica por qué se movió otra vez. En sus considerandos, el SIN dice que actúa «en mérito a las solicitudes presentadas por contribuyentes, mediante las cuales se requiere la ampliación del plazo previsto para la actualización de Actividades Económicas». Traducido: un año y medio después de publicado el clasificador, una parte relevante del padrón boliviano seguía sin homologar. Si tu compañía está entre ellas, tienes compañía numerosa —y eso no la hace menos riesgosa—.
La consecuencia real: sin homologar no hay Inicio de Uso de Sistemas
Aquí es donde muchos resúmenes que circulan se equivocan. La norma no establece una multa por no homologar. Establece algo bastante peor para una operación en línea. La Disposición Transitoria Única remite al Inciso a) del Artículo 11 de la RND N.º 102100000011, el Sistema de Facturación. Ese artículo fija las condiciones para autorizar la generación de Documentos Fiscales, y la primera es «disponer de información actualizada en el Padrón Nacional de Contribuyentes» —hoy, el RNC—. El Parágrafo II dice qué hace la Administración Tributaria cuando esa condición no se cumple:
«II. Cuando el contribuyente no cumpla con alguna de las condiciones previstas en el Parágrafo precedente, la Administración Tributaria: […] b) No dará curso a la autorización para el Inicio de Uso de Sistemas en el caso de las modalidades de facturación en línea.»— RND N.º 102100000011, Artículo 11, Parágrafo II
El Código Único de Inicio de Sistemas (CUIS) tiene una vigencia de 365 días calendario. Esto crea una trampa de calendario que conviene entender bien, porque explica por qué el riesgo no se materializa el 31 de octubre para todo el mundo: si tu CUIS está vigente, sigues emitiendo con normalidad después del vencimiento. El problema aparece el día en que necesitas renovar el CUIS, dar de alta una sucursal nueva o poner en marcha un sistema nuevo. Ahí el SIN revisa las condiciones del Artículo 11 y, si el padrón no está actualizado, no da curso.
Para una cadena funeraria en Bolivia esto tiene una lectura operativa muy concreta: el día en que abres una sala de velación nueva en Santa Cruz, migras de proveedor de software o simplemente te toca la renovación anual, descubres que el trámite está bloqueado por un catálogo que nadie homologó. Y no es un bloqueo que se resuelva llamando por teléfono: hay que hacer el trabajo de fondo, ítem por ítem.
El código 9603000 y por qué una funeraria en Bolivia no cabe en uno solo
El clasificador del RNC está alineado con la CAEB-2022 del Instituto Nacional de Estadística, que a su vez sigue la CIIU Rev. 4. Para el giro funerario, la actividad principal es esta:
| Código | Actividad económica |
|---|---|
| 9603000 | Servicios funerarios y actividades conexas — el código general de una funeraria privada en Bolivia |
| 9603003 | Servicios funerarios y actividades conexas en Zona Franca |
| 9603004 | Servicios funerarios y actividades conexas – Entidad Pública |
| 9603005 | Servicios funerarios y actividades conexas – Empresa Pública |
Si el ejercicio terminara aquí sería trivial: se marca 9603000 en todo el catálogo y se acabó. El problema es que una compañía funeraria de tamaño enterprise casi nunca vende solo servicios funerarios. En una operación boliviana típica conviven líneas que no son evidentemente la misma actividad económica: la venta de flores, la cafetería de la sala de velación, el transporte, la administración de un parque cementerio, el arriendo de espacios, la comercialización de planes de previsión. Cada una de esas líneas obliga a una pregunta que hay que responder con criterio contable y con el clasificador delante: ¿está cubierta por la actividad 9603000 que ya tengo registrada, o corresponde a una actividad distinta que además tengo que tener declarada en mi RNC?
Hay un detalle del Sistema de Facturación que refuerza esto y que a una cadena multisede le cambia el tamaño del proyecto. El Artículo 12 de la RND N.º 102100000011 establece que las solicitudes de autorización de Documentos Fiscales «deberán realizarse por actividad económica y separadamente por casa matriz y sucursales, registradas en el Padrón Nacional de Contribuyentes». Es decir: la actividad económica no es un atributo de la empresa, es una coordenada que se cruza con la sucursal. Un grupo funerario boliviano con seis sedes y tres líneas de negocio no tiene un problema de homologación; tiene una matriz.
Por qué esto es un proyecto de datos maestros y no un trámite
Cuando una compañía funeraria abre de verdad su catálogo para homologarlo, casi siempre encuentra las mismas cuatro cosas. Ninguna es exótica; todas cuestan tiempo justo cuando ya no hay.
- Ítems duplicados con nombres distintos. «Servicio exequial adulto», «SERV EXEQ ADULTO», «Servicio funerario adulto (sede sur)». Nacieron en momentos distintos, en sedes distintas, y hoy conviven. Homologarlos uno por uno multiplica el trabajo y consolida el desorden en vez de corregirlo.
- Ítems históricos que ya nadie vende pero siguen activos. El plan que se dejó de comercializar hace seis años, la línea de una sede que cerró. Si están habilitados, entran al alcance del proyecto. Depurar antes de homologar reduce el trabajo real, a veces a la mitad.
- Ítems compartidos entre razones sociales. En un grupo funerario es común que la funeraria, la empresa del cementerio y la compañía de previsión compartan catálogo. Pero la actividad económica se registra por contribuyente: el mismo ítem puede tener una respuesta distinta según qué NIT lo factura.
- Ítems de servicio que la contabilidad nunca miró de cerca. El catálogo de una funeraria es mayoritariamente de servicios, no de inventario. Y en la mayoría de los sistemas los controles de calidad de datos se escribieron pensando en artículos de stock. Volvemos sobre esto en la sección siguiente, porque es el punto ciego más frecuente.
La conclusión de gestión es incómoda pero útil: el plazo del 30 de octubre no mide tu capacidad de hacer un trámite, mide la calidad de tu catálogo maestro. Una compañía con el catálogo ordenado lo resuelve en días. Una compañía con quince años de catálogo sedimentado descubre que tiene un proyecto de saneamiento por delante, y que la homologación es apenas el último paso.
Qué ya resuelve un ERP funerario y qué hay que construir
Vale la pena ser preciso sobre qué parte de esto ya está resuelta en un ERP funerario moderno y qué parte no, porque la diferencia define cuánto trabajo manual queda. En SFUN, el catálogo se apoya en un maestro de artículos con un grupo obligatorio y jerárquico: todo ítem pertenece a un grupo, y los grupos forman un árbol. Esa jerarquía es el mejor punto de partida que existe para una homologación, porque permite decidir por rama en vez de por ítem —y una decisión por rama cubre decenas de ítems de una sola vez—.
Sobre esa base, el maestro ya carga las coordenadas contables por compañía: cuenta, centro de costos e impuesto asociados a cada ítem para cada razón social del grupo, más los valores por defecto que hereda del grupo de artículos. Para una operación multiempresa esto importa mucho, porque significa que el catálogo ya sabe comportarse distinto según qué compañía factura. La actividad económica del RNC es, conceptualmente, una coordenada más de esa misma familia.
El patrón de auditoría de catálogo ya existe, pero mira otra cosa
SFUN ya implementa el patrón exacto que este proyecto necesita, aunque hoy apunta a otro destino. En el módulo de contabilidad para Colombia hay un verificador de configuración que recorre el sistema y reporta, entre otras cosas, cuántos ítems están sin cuenta de ingreso, sin cuenta de gasto, sin impuesto configurado y sin unidad de medida. Devuelve una tabla de hallazgos con estado OK, Warning o Error, y una fecha de última verificación. Es, literalmente, un auditor de calidad del catálogo maestro. Y es de solo lectura: reporta problemas, no los corrige, que es exactamente la postura correcta para un dato que después va a sustentar un documento fiscal.
Y ahora la parte honesta sobre lo que no existe hoy y hay que tratar como hoja de ruta, no como función disponible:
- No hay un campo de actividad económica en el maestro de artículos. Ni de CAEB, ni de CIIU, ni del clasificador del RNC. Mientras no exista, la homologación vive en el sistema de facturación y no queda trazada en el ERP, que es donde debería estar para poder auditarla.
- No hay un verificador equivalente para Bolivia. El que existe está escrito contra las reglas colombianas: exógena, DIVIPOLA, NIT, PUC. La lógica es replicable —y ese es justamente el argumento para replicarla—, pero hoy no cubre el RNC.
- No hay conector de facturación con el SIAT. El conector de facturación electrónica que SFUN tiene integrado en el producto está construido contra la DIAN colombiana: resoluciones, documento soporte, responsabilidades fiscales del proveedor. Una operación boliviana factura hoy con su propio proveedor de facturación en línea, y la homologación se hace en ese sistema.
Decir esto en voz alta importa. La homologación del 30 de octubre se cumple en el sistema de facturación, siguiendo el procedimiento del Anexo Técnico del Sistema de Facturación que el SIN publica en la opción SIAT en Línea – Información Técnica. Lo que un ERP funerario aporta no es reemplazar ese trámite: es tener el catálogo en condiciones de ser homologado, saber cuántos ítems hay, cuáles están vivos, cuáles están duplicados, cuáles se facturan desde qué compañía y cuáles se venden en qué sede. Ese es el 80 % del trabajo, y es el que nadie tiene listo.
IA, agentes y MCP: qué acelera de verdad y qué no
Clasificar miles de ítems contra un clasificador oficial es, en apariencia, el trabajo perfecto para un modelo de lenguaje: asignar una categoría a una descripción de texto, con una taxonomía cerrada y conocida. Es un problema que otros sectores llevan años intentando resolver —partidas arancelarias en comercio exterior, taxonomías de producto en compras, códigos de diagnóstico en salud— y del que existe evidencia pública. Conviene mirarla antes de comprometer el plan del proyecto, porque desmiente tanto al escéptico como al entusiasta.
Lo primero que dice esa evidencia es que un modelo suelto contra una taxonomía real rinde mal. Un estudio publicado en 2025 midió a GPT-4 clasificando productos contra UNSPSC, el clasificador de compras: acertó el 54,6 % a nivel de segmento y solo el 10,8 % a nivel de hoja, que es el nivel al que hay que llegar (arXiv:2503.04728). Y en codificación clínica, sobre más de 27.000 códigos de doce meses de operación real, todos los modelos evaluados quedaron por debajo del 50 % de exactitud, con un problema añadido: fabricaban códigos que no existen (NEJM AI, 2024). De ahí sale la primera regla de diseño: el modelo no debe escribir el código, debe elegirlo de la lista cerrada del clasificador oficial.
Lo segundo es que el modo de falla característico no es el disparate, sino el código «casi correcto»: el vecino plausible dentro de la misma rama. En el trabajo sobre clasificación arancelaria más completo publicado hasta ahora, el mejor modelo dedicado acierta el 40 % de los códigos a diez dígitos y, en promedio, deja bien 6,3 de esos 10 dígitos (arXiv:2509.18400). Un error así no se detecta leyendo la salida, porque parece razonable. Para una funeraria esto tiene una traducción directa: el riesgo no está en el ataúd ni en el servicio exequial, que son inequívocos, sino en las fronteras —el transporte, el arriendo de espacios, la ceremonia, el plan de previsión, la administración del cementerio—, y ahí el promedio de acierto no te sirve de nada porque el promedio lo salvan los casos fáciles.
Vale la pena contrastar eso con la alternativa que hoy es la norma en el sector, que es la planilla de cálculo. La evidencia sobre trabajo manual con hojas de cálculo es poco halagadora: en pruebas controladas la tasa de error por celda ronda el 3,9 %, y en auditorías de hojas en producción, la enorme mayoría contiene al menos un error. Además, la tarea de leer una fuente y decidir qué registrar —que es exactamente lo que hace quien homologa— tiene una tasa de error un orden de magnitud mayor que la de simplemente transcribir. Homologar mil ítems a mano en una planilla, contrarreloj, en octubre, no es el escenario seguro: es el escenario con más errores no detectados.
Con SFUN MCP, hoy y sin desarrollo nuevo, un agente puede hacer la parte de inventario y diagnóstico del proyecto, que es la que consume las primeras semanas:
- Contar y agrupar el catálogo. La herramienta de analítica del MCP tiene un modo de agregación que respeta los permisos del usuario y admite agrupar por campo: cuántos ítems por grupo de artículos, cuántos habilitados y deshabilitados, cuántos por compañía. Es la línea base del proyecto en una consulta, en lenguaje natural.
- Listar e inspeccionar ítems concretos. El maestro de artículos y el árbol de grupos están expuestos en el catálogo curado del MCP, con paginación. Sirve para revisar una rama, no para volcar el catálogo entero de una vez.
- Trabajar en modo solo lectura verificable. El MCP tiene un interruptor de solo lectura que oculta del catálogo todas las herramientas de escritura, no que las bloquee al invocarlas. Para un proyecto de datos maestros esto es la garantía correcta: durante la fase de diagnóstico, el agente no puede modificar el catálogo aunque se le pida.
El flujo honesto, entonces, es este: el agente propone, una persona aprueba, el sistema de facturación registra. El agente inventaria el catálogo, agrupa por rama, detecta duplicados evidentes y propone una clasificación acompañada de los precedentes ya decididos y de la justificación en texto. Un contador revisa por lotes —todas las salas de velación juntas, todos los ataúdes juntos— y aprueba o corrige. Y la homologación se ejecuta en el sistema de facturación. Nada de esto requiere que el agente escriba en el ERP, y hay una buena razón para que no lo haga: el dato que estás fijando va a sustentar documentos fiscales durante años.
Y una advertencia final sobre lo que no conviene prometerle a un directorio. No existe hoy un caso publicado, con métricas, de un catálogo de ERP expuesto por MCP a un agente que clasifique y un humano que apruebe. Existen las piezas —el MCP que lee el catálogo, los modelos que proponen, la evidencia de otros sectores sobre cómo organizar la revisión—, pero el resultado a escala en un ERP funerario está por demostrarse. Tampoco conviene apoyarse en la confianza que el propio modelo declara: está medida y es sistemáticamente optimista, del orden de un 88 % declarado frente a un 79 % real. Si vas a usar un umbral de confianza para decidir qué revisa una persona y qué no, valídalo antes contra una muestra de tu propio catálogo, y hazlo por familia de producto: la señal puede ser útil en ataúdes y ser plana en servicios intangibles.
Si te interesa el marco general de permisos, trazabilidad y límites para agentes que operan sobre datos de la compañía, lo desarrollamos en gobierno de agentes de IA en el ERP funerario.
Gobierno del proyecto: quién propone, quién aprueba, qué queda escrito
Un proyecto de homologación falla casi siempre por la misma razón: nadie es dueño. La contabilidad cree que es de sistemas, sistemas cree que es de contabilidad, y la operación no se entera hasta que se bloquea un trámite. Para una compañía funeraria en Bolivia, el reparto que funciona es este:
| Rol | Responsabilidad | Qué firma |
|---|---|---|
| Dirección financiera | Es la dueña del proyecto y de la fecha. Decide el alcance: qué razones sociales, qué sedes, qué líneas de negocio entran | El alcance y la matriz de actividad económica por razón social y sucursal |
| Contabilidad | Decide la actividad económica que corresponde a cada rama del catálogo, con el clasificador del RNC delante | La clasificación aprobada, por rama y por compañía |
| Responsable del catálogo (ERP) | Depura duplicados, deshabilita lo que ya no se vende y deja el árbol de grupos en condiciones antes de clasificar | El catálogo saneado y su línea base de conteos |
| Operación / sedes | Confirma qué se vende realmente en cada sede y qué ítems están vivos aunque el sistema diga otra cosa | La validación de ítems activos por sede |
| Proveedor de facturación en línea | Ejecuta la homologación en el sistema de facturación según el Anexo Técnico del SIN | La constancia de homologación ejecutada |
Y una regla que conviene fijar desde el día uno: toda decisión de clasificación queda escrita con su justificación. No porque lo pida la norma, sino porque dentro de dos años, cuando alguien pregunte por qué el arriendo de sala quedó donde quedó, la respuesta no puede ser «lo decidió quien ya no trabaja aquí».
Cómo medir si el proyecto va bien
Cuatro indicadores bastan. Los tres primeros se miden desde el propio catálogo del ERP; el cuarto es el que de verdad cierra el proyecto.
| Indicador | Cómo se mide | Meta antes del 30 de octubre |
|---|---|---|
| Cobertura de homologación | Ítems activos homologados ÷ ítems activos totales, por razón social | 100 % de los ítems activos, en todas las razones sociales del grupo |
| Ítems activos reales | Conteo de ítems habilitados, antes y después de la depuración | Reducción medible: todo ítem que no se vendió en 24 meses, revisado y deshabilitado o justificado |
| Ramas decididas | Grupos del árbol de artículos con actividad económica aprobada ÷ grupos totales | 100 %, y decidido por rama, no ítem por ítem |
| Actividades declaradas en el RNC | Actividades que el catálogo necesita ÷ actividades efectivamente registradas ante el SIN, por razón social y sucursal | Sin brecha. Este es el que hay que cerrar primero, porque tiene tiempos administrativos propios |
Hoja de ruta hasta el 30 de octubre de 2026
Quedan unas nueve semanas. Es tiempo suficiente si el proyecto arranca ahora y en el orden correcto; es insuficiente si se arranca en octubre.
- Semana 1 — Foto del RNC y foto del catálogo. Imprime el RNC de cada razón social: qué actividades económicas tienes declaradas, casa matriz y sucursales. En paralelo, saca la línea base del catálogo: cuántos ítems activos, por grupo y por compañía. Estas dos fotos, puestas una al lado de la otra, ya te dicen el tamaño real del proyecto.
- Semanas 2 y 3 — Depuración. Antes de clasificar nada, depura. Deshabilita lo que no se vende, unifica duplicados evidentes, ordena el árbol de grupos. Cada ítem que eliminas aquí es un ítem que no hay que decidir, revisar ni homologar después.
- Semanas 3 y 4 — Cierre de la brecha de actividades. Si el catálogo necesita actividades que no tienes registradas, actualiza el RNC ahora. Es el paso con tiempos administrativos que no controlas, y por eso va antes, no después.
- Semanas 4 a 6 — Clasificación por rama. Contabilidad decide por rama del árbol, con el clasificador delante y la justificación escrita. Aquí es donde un agente ayuda de verdad: propone, agrupa y explica; la persona aprueba por lotes.
- Semanas 6 a 8 — Ejecución en el sistema de facturación. Con tu proveedor de facturación en línea, siguiendo el Anexo Técnico del SIAT. Deja constancia por razón social.
- Antes del 30 de octubre — Prueba real. No des el proyecto por cerrado con una planilla. Verifica contra el sistema de facturación que la homologación quedó registrada, y guarda la evidencia. La prueba de que funcionó es un trámite que pasa, no un correo que dice que se hizo.
Cinco errores que se van a cometer en el sector
- Esperar la quinta prórroga. Ya hubo cuatro, y la lógica de «siempre la mueven» es tentadora. Pero el costo de acertar es bajo y el de fallar es quedarse sin autorización de sistemas en plena operación.
- Homologar sobre el catálogo sucio. Clasificar tres versiones del mismo servicio exequial no es cumplir: es consolidar el desorden y triplicar el trabajo de mantenimiento futuro.
- Asumir que todo el catálogo es 9603000. Es el código de la actividad principal, no una respuesta universal. Flores, cafetería, transporte y administración de cementerio merecen cada uno su pregunta.
- Tratarlo como un asunto de una sola razón social. En un grupo funerario, la actividad económica se cruza con el contribuyente y con la sucursal. La respuesta correcta para la funeraria puede no serlo para la empresa del cementerio.
- Dejar que un modelo clasifique sin revisión. El error típico no es un código inventado, es el código vecino y plausible. Se detecta comparando contra las actividades que tienes realmente declaradas, y eso lo hace una persona.
Preguntas frecuentes sobre la homologación con el RNC en Bolivia
¿Hasta cuándo hay plazo para homologar los productos con el RNC en Bolivia?
Hasta el 30 de octubre de 2026. Lo fija el Artículo Único de la RND N.º 102600000028, de 29 de julio de 2026, que prorroga la Disposición Transitoria Única de la RND N.º 102500000018. Es la cuarta prórroga del plazo original, que era el 31 de octubre de 2025.
¿A qué empresas obliga en Bolivia?
A todos los Sujetos Pasivos del Impuesto al Valor Agregado. A diferencia de la incorporación a la facturación en línea, que sí se hizo por grupos, la homologación no tiene escalonamiento: si tu funeraria es sujeto pasivo del IVA en Bolivia, la fecha es la misma para ti que para cualquier otro contribuyente.
¿Qué pasa si una funeraria no homologa a tiempo?
La consecuencia que la norma establece no es una multa. Según el Artículo 11, Parágrafo II, Inciso b) de la RND N.º 102100000011, la Administración Tributaria no dará curso a la autorización para el Inicio de Uso de Sistemas en las modalidades de facturación en línea. Como el CUIS tiene vigencia de 365 días, el bloqueo suele aparecer al renovarlo, al habilitar una sucursal nueva o al poner en marcha un sistema nuevo.
¿Cuál es el código de actividad económica de una funeraria en Bolivia?
En el Clasificador de Actividades Económicas del RNC, el código general es el 9603000, «Servicios funerarios y actividades conexas». Existen variantes para Zona Franca (9603003), entidad pública (9603004) y empresa pública (9603005). El clasificador sigue la CAEB-2022 del INE. Ten presente que una compañía funeraria grande suele tener líneas —flores, cafetería, transporte, cementerio— que pueden corresponder a actividades distintas y que deben estar declaradas en el RNC.
¿Sigue existiendo el PBD-11 o ahora es el RNC?
Es el RNC. La RND N.º 102500000017, de 16 de abril de 2025, dispuso que el padrón nacional de contribuyentes del SIN «en adelante se denominará Registro Nacional de Contribuyentes – RNC», migró automáticamente a los inscritos en el PBD-11 y ordenó que toda referencia previa al padrón se entienda hecha al RNC. Si encuentras documentación —incluso en portales del propio SIN— que sigue hablando del PBD-11 y de la CAEB-2011 para este trámite, está desactualizada.
¿La homologación se hace en el ERP o en el sistema de facturación?
En el sistema de facturación, siguiendo el procedimiento del Anexo Técnico del Sistema de Facturación que el SIN publica en la opción SIAT en Línea – Información Técnica. El papel del ERP funerario es previo y decisivo: tener el catálogo depurado, saber qué ítems están vivos, cuáles están duplicados y desde qué compañía y sede se factura cada uno. Sin eso, la homologación se hace sobre datos que no se sostienen.
En resumen
El 30 de octubre de 2026 no llega con una multa: llega con la posibilidad de que un trámite de sistemas se bloquee justo cuando lo necesitas. Y llega, sobre todo, con una pregunta que a las compañías funerarias bolivianas les conviene responder antes de que la responda el SIN: ¿sabes cuántos ítems tiene tu catálogo, cuáles están vivos y quién decidió que estuvieran ahí? El trabajo de homologar es la excusa; el activo que queda es un catálogo maestro ordenado, que después sirve para la contabilidad de servicios funerarios en Bolivia, para el margen por línea y para cualquier análisis serio de la operación.
Si quieres ver cómo se sostiene un catálogo único a través de varias razones sociales y sedes, revisa la guía de facturación electrónica funeraria en Bolivia, el módulo de contabilidad de SFUN y la gestión de servicios funerarios, que es donde ese catálogo se usa todos los días.
